domingo, 27 de julio de 2014

RELIGIÓN Y POLÍTICA MEDIEVAL: " REYES POR DERECHO DIVINO"


 

PRIMERA LECTURA
 
DERECHO DIVINO
DicEc

En la teoría social de la Edad media la expresión «derecho divino» indicaba la doctrina según la cual un monarca tenía derecho divino a la sucesión hereditaria, derecho que era inviolable. Unida a esta doctrina estaba la idea de que la rebelión contra el monarca era el peor de todos los crímenes políticos. Se suponía que el súbdito tenía que soportar pacientemente los castigos que se le impusieran por desobedecer las órdenes inmorales de un mal gobernante. La teoría se desarrolló durante la contienda entre los papas y los emperadores en la Edad media.

En la teología moderna la expresión «derecho divino» se refiere más bien a la legitimidad de ciertos desarrollos, especialmente relativos a lasórdenes eclesiásticas, a saber, el papado, el episcopado y el presbiterado. En este contexto suele usarse la expresión latina >ius divinum.
 
 


 SEGUNDA LECTURA

La Edad Media fue un período agitado en Europa. Los pequeños reinos y centros culturales comenzaron a fusionarse a través de conquistas y tratados para convertirse en entidades más grandes de poder, gobernadas por reyes y reinas que dominaban vastos imperios feudales. Fue una edad de enormes castillos, batallas épicas y poder real en toda su extensión.

El sistema feudal

La Edad Media se caracterizó por un sistema feudal que filtraba el poder real a través de muchas jerarquías. Los reyes y reinas estaban en la parte superior de la cadena alimenticia. Los duques, caballeros y barones, eran, en teoría, sirvientes de sus respectivos reyes, aunque muchos de ellos contaban con suficiente poder y riqueza como para ser autónomos. El poder a menudo se transmitía de forma hereditaria, y las familias reales se relacionaban exclusivamente entre ellas para evitar que otras familias ingresaran en el círculo de poder. En la base del sistema feudal, los siervos trabajaban la tierra para proveer de los bienes que mantenían funcionando los reinos.

Derecho divino

 

La justificación central del poder y del alcance del rey y la reina era la idea del derecho divino. Esta ideología se basaba en la idea de que la familia real había sido escogida por Dios para gobernar la tierra y la gente, y éste derecho se transmitía de forma hereditaria. El derecho divino evolucionó durante la Edad Media, y era usado por la realeza y sus familias para justificar su poder absoluto, y para hacer que la obediencia a ellos fuera la misma obediencia a los deseos de Dios.

Feudos

 

Como muchas de las tierras de las familias reales de la Edad Media se volvieron enormes, la mayoría fue dividida en feudos, largos estados gobernados por autoridades locales que, a cambio, servían al rey y a la reina. Este sistema se basaba en un homenaje y fidelidad, lo que significaba que los caballeros debían pagar impuestos al rey y ofrecerle su soporte militar. Este sistema proveía una seguridad mutua tanto al noble como a la familia real, ya que los gobernantes locales protegían cada trozo de las tierras del rey de la invasión y la conquista, mientras que el rey protegía a cada noble de ser atacado por otros gobernantes mezquinos.

La iglesia
 

La iglesia era en realidad la única autoridad universal en Europa durante la Edad Media, ya que casi todos los reinos eran cristianos. La línea entre la iglesia y el estado era a menudo difusa durante la Edad Media, y muchos oficiales de alto rango de la iglesia se convirtieron en importantes figuras políticas. Los reyes se apoyaban en la autoridad de la iglesia para sostener su derecho a gobernar, y la iglesia se apoyaba en la realeza para poder operar y cobrar dinero de la población local.

 

FUENTE:

 
TERCERA LECTURA

 
CAMBIOS POLÍTICOS: EL ABSOLUTISMO Y EL DERECHO DIVINO DE LOS REYES


 


Absolutismo significa poder soberano o de origen divino desligado de cualquier otra instancia de poder temporal, sea el papa o el emperador. En este sistema de gobierno el estado y el monarca se consideraban como una única entidad situada por encima de la ley, y el concepto de derecho divino de los reyes era la justificación que legitimaba la pretensión de soberanía indivisible.

 El absolutismo, término que procede del latín absolutus («acabado», «perfecto»), fue el principal modelo de gobierno en Europa durante la época moderna, caracterizado por la teórica concentración de todo el poder del Estado en manos del monarca gobernante. La implantación del absolutismo representó un cambio sustancial en la concepción sobre la dependencia de las autoridades intermedias entre el súbdito y el Estado, situación que comportó la creación de una burocracia eficaz, un ejército permanente y una hacienda centralizada. Su andadura política se inició en los siglos XIV y XV, alcanzó la plenitud entre los siglos XVI y XVII, y declinó entre formas extremas e intentos reformistas a lo largo del siglo XVIII.

Ningún monarca absoluto trató de atribuirse la exclusividad o monopolio del poder, sino la soberanía del mismo. Poder absoluto, durante la época moderna, fue básicamente poder incontrolado, poder no sometido a límites jurídicos institucionalizados. Éste fue el marco y la verdadera preocupación de las monarquías europeas que se calificaron interesadamente como absolutas, que se esforzaron por serlo de un modo real, práctico y efectivo, y que lo consiguieron de forma parcial y progresiva. Por tanto, el poder absoluto debe entenderse, por una parte, como un poder soberano o superior, no exclusivo; es decir, presupuso y asumió la existencia de otros poderes: señorial, asambleas estamentales o cortes, reinos municipios, etc., respecto a los cuales se consideró preeminente y, por otra parte, como un poder desvinculado de controles o límites institucionales.
FUENTE:

http://petionuniversal.blogspot.com/2013/03/unidad-iii-capitulo-vi-cambios.html#!/2013/03/unidad-iii-capitulo-vi-cambios.html




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